El 2 de septiembre, el Concytec publicó el nuevo reglamento Renacyt. Este reglamento tiene por objetivo regular el procedimiento para la calificación, clasificación y registro de los investigadores del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica (Sinacyt) en el Perú. El nuevo reglamento trae cambios importantes: ya no cuenta con epónimos para los grupos de calificación, anteriormente existían los grupos Carlos Monge y María Rostworowski, ahora existen simplemente 7 niveles más uno adicional de investigador distinguido.
La calificación se realizará ahora por puntaje, por lo que existe un rango de puntos por nivel. Los puntos se acumulan por determinados criterios, entre ellos grados académicos y títulos, artículos científicos, propiedad intelectual, libros o capítulos de libros, índice h y tesis sustentadas. Por ejemplo, en el nivel I se encuentran los investigadores con un puntaje entre 160 y 199, mientras que en el nivel VII se encuentran los investigadores con puntaje entre 10 y 24.
En el caso de las publicaciones, se reconocen aquellas indizadas en Scopus y WoS, y existe diferente puntaje dependiendo del cuartil de la revista. Una publicación en Q1 otorga un puntaje de 5; en Q2, el puntaje de 4; en Q3, el puntaje de 3; y en Q4, el puntaje de 2. También es posible puntuar con artículos de conferencias y artículos indizados en SciELO, pero este tiene un límite de 10 puntos. Esto quiere decir que si se desea obtener más puntaje en el rubro de publicaciones, se deberá producir más artículos indizados en Scopus y WoS. Los libros y capítulos de libros poseen su puntaje propio, un libro otorga 2 puntos y un capítulo de libro, 1 punto, pero el máximo puntaje que se puede obtener por este criterio es de 10 puntos, es decir, solo podrán acreditar 5 libros o 10 capítulos de libros como máximo. En el caso de los libros, hay que tener en consideración que estos deben ser el resultado de una investigación y haber pasado por un proceso de revisión por pares. Entonces, los únicos ítems que no poseen puntaje máximo son las publicaciones y la propiedad intelectual. Una patente otorga un puntaje de 3 mientras que un modelo de utilidad, un puntaje de 1. En estos criterios también se consideran certificados de obtentor, paquetes tecnológicos y certificados de derecho de autor por software. El reglamento anterior contaba con una serie de equivalencias, estas han sido retiradas. Ya no son necesarias pues el nuevo reglamento posee un puntaje propio para cada criterio. Lo único que hay que tener en consideración es que, para poder ser calificado, debe tenerse un mínimo de 6 puntos entre los criterios artículos, propiedad intelectual, libros o capítulos de libros. Existe en el nuevo reglamento un nivel para los investigadores distinguidos. En este, se incluirán a los investigadores con un puntaje mayor a 200 puntos, pero en dicho caso deben tener un índice h mayor o igual a 10. Otro detalle interesante es que ahora pueden ingresar a los registros estudiantes de pregrado. Este nuevo reglamento impacta en los investigadores que no poseen publicaciones en revistas indizadas dado que ya no se consideran artículos en el catálogo 2.0 de Latindex ni otras equivalencias. Anteriormente, tres artículos en Latindex equivalían a un artículo indizado en Scopus. Del mismo modo, en el nuevo reglamento ya no se consideran artículos en DOAJ ni Redalyc.